El fiscal Martín López Perrando, a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°61, solicitó otra vez que se indague por los delitos de “encubrimiento agravado” y “supresión de evidencia” al hombre de 58 años que fue compañero de colegio de Diego “el Gaita” Fernández Lima y en cuya vivienda familiar del barrio porteño de Coghlan se hallaron en mayo de este año enterrados los restos del adolescente de 16 años que estaba desaparecido y era buscado desde el 26 de julio de 1984.
Tanto Lima como el sospechosos asistían a la Escuela Nacional de Educación Técnica (ENET) N°36 “Almirante Brown”, entonces ubicada en las calles Ballivián y la actual Combatientes de Malvinas (ex Donato Álvarez) y actualmente emplazada en el Polo Educativo Saavedra de Larralde y Galván.
“La nueva presentación se da luego de que, en agosto pasado, el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal N°56, Alejandro Litvack, pidiera a la fiscalía que reformulara su imputación por considerar que si bien el dictamen fiscal detallaba la prueba recolectada en la investigación y las acciones desplegadas por el sospechoso, no se había efectuado una concreta imputación para citar al excompañero de la víctima. El delito de encubrimiento agravado, previsto en el artículo 277 incisos 1° y 3°, apartados “a” y “c”, del Código Penal, contempla una pena de prisión entre 1 y 6 años, mientras que la supresión de evidencia (artículo 255 CP), establece prisión de entre 1 mes y 4 años”, detalló el Ministerio Público Fiscal de la Nación (Procuración General de la Nación).
El fiscal López Perrando dijo que, luego del hallazgo de los restos óseos de Fernández Lima, el sospechoso “llevó a cabo una serie de maniobras unívocas destinadas a encubrir el hecho precedente”.
“Entre ellas destacó la generación de explicaciones inverosímiles como la existencia de una iglesia o un establo o que los huesos habían llegado en un camión con tierra cuando hicieron la pileta; la conducta contradictoria y evasiva frente a testigos y autoridades para desviar la investigación; la pasividad ante el hallazgo y la incipiente investigación”, indicó el MPF.
El fiscal mencionó en su escrito que el hombre comenzó a interesarse en el hallazgo cuando se identificaron los restos de quien, en 1983, fue su compañero en el segundo año de la Escuela Nacional de Educación Técnica (ENET) N°36 “Almirante Brown”, y lo que explicaría el Fernández Lima “pudiera haber llegado al inmueble de Av. Congreso 3742 por propia voluntad, sea para visitar al imputado o a su familia o cualquier otra contingencia”.
Para el representante del Ministerio Público Fiscal, las manifestaciones que hiciera el sospechoso “resultan no solo absolutamente inverosímiles y pueriles, sino que denotan y remiten a un claro conocimiento previo de la existencia de los restos óseos en el lugar, así como una intención deliberada de desviar la atención generando hipótesis falsas que relativizaran o confundieran su hallazgo”.
Agregó “que, si bien no fue posible aún, determinar fehacientemente la autoría del homicidio de Diego Fernández, sí pudo acreditarse que la víctima fue asesinada y ocultada en el interior de la finca” que habita -y habitaba- el imputado “tras lo cual inmediatamente luego del hallazgo de los restos practicó diversas maniobras tendientes a encubrir la averiguación de la verdad”.
Por otra parte, López Perrando destacó que “el delito encubierto es el homicidio de Diego Fernández” y que, si bien aún “no es posible atribuir autoría determinada, sí resulta claro que el homicidio ocurrió en el interior de la finca donde se encontraron los restos”. Añadió que se trató de “un hecho sorpresivo e imprevisto, que pudo haber tomado desprevenido al autor o haber ocurrido en circunstancias donde éste no contaba con tiempo suficiente para asegurar un ocultamiento más elaborado”.
Para el fiscal, el imputado no pudo ser “ajeno a la existencia de la sepultura en el jardín de la vivienda en que habitaba al momento del homicidio de Diego Fernández Lima y que habita aún hoy”.
“Aún si no hubiera sido posible obtener mayores precisiones respecto de los restos óseos de la persona hallada, esto es la data de su muerte, la forma en que esta se produjo, su identidad, las circunstancias que rodearon su desaparición previa y la relación entre la víctima y los ocupantes de la vivienda, lo cierto es que la sola presencia del cuerpo de un adolescente enterrado en el fondo de una vivienda habitada en forma continua e ininterrumpida por una misma familia, resultaría suficiente indagar entre sus históricos ocupantes a fin de conocer la verdad sobre los antecedentes del macabro descubrimiento”, puntualizó López Perrando.
El MPF detalló que “en su dictamen, el fiscal también opinó respecto a una serie de pedidos efectuados por los abogados Hugo Wortman Jofré y Tomás Brady de la querella que representa a Javier Fernández Lima, hermano de la víctima”.
En tal sentido, opinó que, de acuerdo al informe del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), no resultaba conducente utilizar la “técnica de Georradar” a fin de dar con los restos óseos faltantes y elementos no biológicos de la víctima. En igual sentido se refirió al informe socioambiental solicitado respecto de hombre sospechoso y su entorno.
“Por otra parte, sí consideró que debía proveerse la solicitud de oficiar a distintos canales de televisión para que remitan las grabaciones de un programa donde habrían asistido alumnos de la ENET N°36”, agregaron fuentes judiciales.
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