
El Gobierno nacional avanzó en la flexibilización del régimen de patentes farmacéuticas al derogar la normativa vigente desde 2012, una decisión que se inscribe en el marco de los acuerdos comerciales con Estados Unidos y que modifica de manera sustancial los criterios con los que se evalúan las invenciones en el sector salud. A partir de ahora, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) analizará cada solicitud de patente de forma individual, sin las restricciones específicas que hasta el momento limitaban la concesión de derechos exclusivos sobre determinados desarrollos.
La medida fue presentada oficialmente como un paso hacia la “normalización” del sistema y la alineación con estándares internacionales, bajo el argumento de que una mayor protección de la propiedad intelectual favorecería la innovación y aceleraría la llegada de nuevos medicamentos al mercado. En esa línea, el Ejecutivo sostiene que el esquema anterior dificultaba el patentamiento y atentaba contra la seguridad jurídica, desincentivando inversiones en el sector.
Sin embargo, el cambio implica la eliminación de criterios técnicos que durante más de una década funcionaron como un filtro frente a prácticas habituales de la industria farmacéutica, como la extensión artificial de patentes sobre medicamentos ya existentes. La normativa derogada excluía, por ejemplo, la patentabilidad de variantes como sales, ésteres o nuevas dosificaciones de sustancias conocidas, al considerarlas modificaciones sin aporte inventivo real. Con el nuevo esquema, esas limitaciones desaparecen y quedan sujetas a evaluación caso por caso.
En los hechos, esto abre la puerta a una mayor concentración de derechos en manos de grandes laboratorios, en su mayoría extranjeros, con capacidad para explotar comercialmente esos monopolios durante períodos más prolongados. Distintas organizaciones vinculadas al acceso a la salud vienen advirtiendo que este tipo de reformas tiende a encarecer los medicamentos y a restringir la producción local, tanto pública como privada, al bloquear la competencia de genéricos.
El trasfondo de la medida no es únicamente técnico. La flexibilización responde también a presiones históricas de Estados Unidos en materia de propiedad intelectual, que ya habían sido expresadas en negociaciones comerciales previas. En este sentido, la derogación de las guías de 2012 aparece como una concesión directa en un acuerdo que, lejos de ser equilibrado, refuerza la dependencia regulatoria y económica respecto de actores externos.
Los antecedentes permiten dimensionar el impacto potencial. Bajo el régimen anterior, la negativa a conceder ciertas patentes permitió ahorros millonarios al sistema de salud argentino, especialmente en tratamientos de alto costo como los vinculados al VIH o la hepatitis C. La posibilidad de producir o adquirir versiones no patentadas redujo drásticamente los precios, ampliando el acceso a terapias esenciales.
La nueva normativa, en cambio, plantea un escenario inverso: mayor facilidad para registrar patentes, más tiempo de exclusividad para los titulares y, en consecuencia, precios más elevados. Aunque el Gobierno asegura que los medicamentos ya disponibles no se verán afectados, el cambio proyecta efectos a mediano y largo plazo sobre todo el sistema sanitario.
En definitiva, bajo el discurso de la innovación y la inserción internacional, la reforma redefine el equilibrio entre derechos de propiedad intelectual y acceso a la salud. Y lo hace en un sentido claro: favoreciendo a las grandes corporaciones farmacéuticas en detrimento de la capacidad del Estado para regular, producir y garantizar medicamentos accesibles para la población.
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