Refrendan la Ley porteña que condona deudas impositivas a clubes y entidades deportivas sin fines de lucro

Refrendan la Ley porteña que condona deudas impositivas a clubes y entidades deportivas sin fines de lucro

La Ciudad de Buenos Aires oficializó la condonación de deudas impositivas para clubes y entidades deportivas sin fines de lucro. La medida quedó refrendada este viernes 9 de enero con la publicación de la Ley N.º 6865 en el Boletín Oficial porteño, luego de haber sido sancionada por la Legislatura el 27 de noviembre pasado.

La norma establece la condonación total de las deudas correspondientes al Impuesto Inmobiliario y a la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y conservación de sumideros (ABL), junto con multas, recargos y cualquier otro accesorio. El beneficio alcanza a las entidades deportivas sin fines de lucro que estén inscriptas en el Registro Único de Instituciones Deportivas (RUID) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se encuentren comprendidas en el artículo 2° de la Ley 1807.

Según lo dispuesto en el artículo 2° de la nueva ley, los pagos que eventualmente hayan sido realizados con anterioridad para cancelar las deudas ahora condonadas no habilitan reclamos ni reintegros por parte de las instituciones beneficiarias. Es decir, la condonación no genera derecho a la devolución de sumas ya abonadas.

En tanto, el artículo 3° aclara que, en caso de existir procesos judiciales iniciados por el cobro de estas deudas, las entidades deportivas deberán afrontar las costas y costos que correspondan. De esta manera, la ley busca aliviar la carga fiscal de los clubes, sin interferir en los gastos derivados de acciones judiciales en curso.

La iniciativa apunta a fortalecer a los clubes de barrio y a las instituciones deportivas comunitarias, que cumplen un rol social clave en los distintos barrios porteños, promoviendo la inclusión, la actividad física y el desarrollo social.

J.C.