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Así lo dispuso la justicia porteña al hacer lugar a la medida cautelar solicitada disponiendo que el servicio de traslado de material reciclable y transporte de recuperadores, operarios y choferes continúe prestándose en las condiciones previstas, hasta tanto se dicte sentencia.

La titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario nº 12, Alejandra Petrella, dispuso que se mantenga el traslado de materiales reciclables y de recuperadores urbanos, choferes y operarios en las condiciones actuales, hasta que se dicte sentencia definitiva.

La medida cautelar respondió a un amparo colectivo presentado por la Federación de Cooperativas de Reciclado Limitada, que buscaba impedir la suspensión del servicio de transporte a los integrantes del Sistema Público de Reciclado con Inclusión Social (SPRI).

 

 

Entre los fundamentos del fallo, la magistrada resalta la arbitrariedad del accionar del Gobierno, que modificó un servicio esencial a través de “un correo electrónico simple y carente de firma”, sin un acto administrativo válido que lo respalde. La jueza destaca que el gobierno guardó silencio ante el pedido de informes del juzgado, y que la medida afectaba directamente “el derecho a trabajar de los recuperadores urbanos; esto es, dos derechos sociales cuya protección constitucional es evidente”.

La resolución se apoyó en el derecho constitucional a un ambiente sano y en la normativa ambiental vigente, como la Ley General del Ambiente y la Ley de Basura Cero de la Ciudad. Se recordó que desde 2002 las cooperativas de recuperadores forman parte del Servicio Público de Higiene Urbana.

 

 

 

 

 

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