Freno judicial a los desalojos administrativos en la Ciudad de Buenos Aires: la Justicia exige control previo y soluciones habitacionales

Freno judicial a los desalojos administrativos en la Ciudad de Buenos Aires: la Justicia exige control previo y soluciones habitacionales

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Una medida cautelar del fuero Contencioso Administrativo y Tributario dictaminó el cese de los operativos directos motorizados por el Ejecutivo porteño bajo el argumento de peligro de derrumbe. El fallo, calificado como un límite a la «desviación de poder», obliga a la gestión de Jorge Macri a dirimir cada caso en los tribunales y a censar y proteger a las familias afectadas, garantizando el resguardo de los menores de edad.

 

La Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó una medida cautelar de fuerte impacto político y social que ordena el cese inmediato de los desalojos administrativos de inmuebles con fines habitacionales. La resolución judicial pone un freno definitivo a los operativos de restitución directa de propiedades que venía ejecutando de manera sistemática la administración liderada por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri. Dichos procedimientos se amparaban habitualmente en la figura de la emergencia edilicia y el riesgo inminente de colapso de las estructuras para saltear la vía judicial, una práctica que, según estadísticas relevadas durante el transcurso de este año 2026, alcanzó una proporción alarmante: seis de cada diez desalojos concretados en territorio porteño se realizaron sin una orden emitida por un magistrado.

El fallo fue dispuesto por el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2 de la Capital Federal. La resolución judicial surge como respuesta a un recurso de amparo presentado de forma conjunta por el legislador porteño Alejandro «Pitu» Salvatierra, la diputada Victoria Freire y diversas organizaciones sociales del distrito, quienes denunciaron que la jefatura comunal manipulaba trámites burocráticos y administrativos con el fin de eludir los procesos legales correspondientes. El dictamen del magistrado interviniente señala de manera taxativa que la utilización de herramientas de excepción técnica para consumar expulsiones forzosas constituye una «desviación de poder», debido a que el Poder Ejecutivo utilizaba mecanismos de auxilio ante siniestros para concretar lanzamientos habitacionales que entran dentro de la competencia exclusiva de los tribunales.

A partir de la notificación de esta medida cautelar, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra estrictamente obligado a seguir un riguroso protocolo legal antes de intentar desocupar cualquier inmueble habitado. En primera instancia, la normativa judicial exige al Ejecutivo intervenir por la vía legal formal previa ante cada caso particular. Debido a la existencia de jueces de turno con disponibilidad operativa las veinticuatro horas del día, el tribunal determinó que el argumento de la urgencia o el peligro inmediato ya no podrá ser utilizado como una excusa válida para omitir la revisión y el control de los magistrados.

Asimismo, para que un pedido de desocupación prospere, la Ciudad deberá presentar un informe técnico real, pormenorizado y específico sobre las condiciones estructurales del edificio, desestimando de cuajo el uso de fórmulas genéricas o actas prediseñadas. El nuevo esquema de control obliga también a la realización de un censo exhaustivo de los residentes, la confección de un acta formal donde queden registrados la totalidad de los organismos estatales intervinientes y el levantamiento de un inventario detallado de los bienes materiales de las familias afectadas. De manera prioritaria, el fallo establece que el Gobierno porteño debe dar inmediata notificación e intervención al Ministerio Público Tutelar en caso de registrarse la presencia de menores de edad, un universo de extrema vulnerabilidad si se tiene en cuenta que los datos sociodemográficos del conflicto revelan que una de cada tres personas afectadas por estos operativos directos son niños y niñas.

En el plano social, el eje central del dictamen judicial radica en la protección del derecho constitucional a la vivienda. La Justicia determinó que la administración local tiene la obligación ineludible de garantizar una solución habitacional transitoria, efectiva y de disponibilidad inmediata para todas las familias desplazadas, desarticulando el esquema previo que dejaba a cientos de personas en situación de calle sin un debido proceso y sin un parador estable o adecuado a sus necesidades básicas. Adicionalmente, el fallo abre la instancia para permitir la fiscalización de los operativos mediante controles técnicos independientes.

La resolución judicial se inscribe en el marco de una profunda disputa política y territorial que mantiene enfrentados al legislador Alejandro Salvatierra y las organizaciones comunitarias con la gestión ministerial de la Ciudad. Con anterioridad a esta cautelar, los recurrentes operativos directos de restitución de inmuebles bajo sospecha de usurpación habían derivado en reiterados enfrentamientos territoriales y cruces mediáticos de alta tensión en las redes sociales. Con este nuevo escenario normativo, la Justicia porteña establece un claro límite a la discrecionalidad administrativa, fijando que la preservación de los derechos civiles y las garantías constitucionales de los habitantes de la Ciudad deben prevalecer por encima de cualquier estrategia o conveniencia de campaña política.

 

 

 

 

 

 

 

 

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